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Control Interno

CONTROL INTERNO

Esta dirección tiene por objetivo apoyar el quehacer municipal a través de cautelar el cumplimiento de las acciones que la Ley Orgánica Constitucional y la comunidad de le demanden al municipio en un marco de eficiencia, eficacia, economía y legalidad. Según lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, a la unidad encargada del control le corresponderán las siguientes funciones:

    • Realizar la auditoria operativa interna de la municipalidad, con el objetivo de fiscalizar la legalidad de su actuación;
    • Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal;
    • Representar al alcalde los actos municipales cuando los estime ilegales, informando de ello al concejo para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible;
    • Colaborar directamente con el concejo para el ejercicio de funciones fiscalizadoras;
    • Asesorar al Concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquel pueda requerir en virtud de esta ley; y
    • Realizar una presentación en sesión de comisión de concejo, destinada a que sus miembros puedan formular consultas referidas al cumplimiento de las funciones que se competen.
    • Además, deberá mantener coordinación permanente con la Contraloría General de la República, de manera de tener conocimientos actualizados respecto de las nuevas normas y procedimientos, o interpretaciones de estas, que tengan directa o indirectamente incidencia en el accionar administrativo municipal

Realizar otras funciones que la ley o el alcalde le encomiende La dirección de Control está formada por los siguientes departamentos:

UNIDAD DE AUDITORIA OPERATIVA DE PROCESOS:

    • Encargado de planificar, dirigir y ejecutar un programa anual de auditoria a las distintas unidades municipales con el fin de verificar la suficiencia del control interno y el grado de adhesión a las normas y procedimientos en el área de administrativa y financiera.
    • Formular y ejecutar un plan anual de Auditorias Operativas a las distintas unidades municipales, a fin de verificar la regularidad legalidad y financiera de las operaciones y actuaciones administrativas municipales.
    • Atender y ejecutar, a solicitud del alcalde, las auditorías que éste instruya
    • Efectuar las auditorias contable y financieras que se realizan al interior de la Municipalidad y Servicios Incorporados.
    • Efectuar sugerencias, en la implementación y fortalecimiento del sistema de control interno, mediante evaluaciones y revisiones permanentes a las distintas unidades.
    • Asesorar al concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquel puede requerir en virtud de esta ley.